INFORMACIÓN ECONÓMICA MÁS IMPORTANTE Y NOVEDADES LEGISLATIVAS EL BOE 17/08/2023, BOCM 17/08/2023

INFORMACIÓN ECONÓMICA.

• La Administración no puede cambiar el valor catastral del inmueble por el comprobado para un impuesto diferente. Así, lo establece el Tribunal Supremo que fija doctrina jurisprudencial y que determina que, además, resulta posible desvirtuar la relación entre valor catastral, calculado conforme a los criterios de la ponencia de valores y el valor de mercado, aportando las pruebas que se consideren adecuadas por el interesado y acreditativas de que el valor catastral fijado es superior al de mercado. Mientras no sea así, la Ponencia de Valores, como acto administrativo, despliega todos sus efectos, concluye la sentencia. El ponente razona que los métodos de valoración son distintos: el valor catastral se determina aplicando su propia normativa catastral, como resultado de la aplicación de la ponencia de valores, en tanto el valor comprobado a efectos de Actos Jurídicos Documentados se determina por alguno de los medios previstos en el art. 57 de la Ley General Tributaria.

• La Generalitat rebaja los requisitos para ser considerado como gran tenedor en Cataluña. El Govern ha decidido rebajar de «más de diez» a «cinco o más» los inmuebles para tener consideración de gran propietario tras anunciar las alegaciones a la memoria catalana de la Ley de Vivienda del Gobierno. La consellera de Territori anunció la modificación este miércoles en rueda de prensa, que ya está aprobada en la nueva Ley de Vivienda aprobada por el Congreso. La dirigente añadió que los promotores sociales que tengan como objeto «la promoción de inmuebles de protección social destinados al alquiler» escaparán de este cambio, aunque los que se dediquen a vender los pisos sí que serán considerados grandes tenedores.

• Las propinas pagadas con tarjeta en un negocio de hostelería deben ser repartidas entre todo el personal, salvo que exista un acuerdo diferente. Así, lo dictamina el TSJ de Madrid, en el sentido de que las propinas en metálico están fuera de cualquier control tanto empresarial como por parte de la representación legal de los trabajadores y ante la no controvertida ausencia de regulación normativa y convencional en materia de reparto debe mantenerse el reparto de propina exclusivo para los camareros siendo de su propia competencia. La magistrada destaca que en las propinas cobradas con tarjeta la empresa interviene, tanto en el cobro al cliente como en el abono de las mismas en nómina. Además, que en este tipo de propina en la que se establece una diferencia de trato entre los trabajadores, según presten servicio en un departamento u otro, así como en función de la categoría profesional.

• Los primeros datos de comercio mundial durante este verano muestran una fuerte caída en los principales flujos de intercambio de mercancía. Esta dinámica refleja como las principales economías del mundo se apagan y abren una nueva etapa de crecimiento económico mundial débil. Algunos expertos les alarma todavía más que se haya abierto una nueva etapa en el comercio mundial marcada por gélidas relaciones comerciales entre el bloque occidental y China. El Instituto Kiel apunta a que el comercio mundial retrocedió un 1,6% en julio, reflejando una caída de las importaciones estadounidenses del 3,6% y un retroceso del 0,7% de las exportaciones en China.

• La ocupación de una vivienda sin título ni derecho no permite aplicar exenciones. El TEAC considera que «el contribuyente interpretó el término residencia a los efectos de aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual, como una mera estancia o permanencia material en el inmueble, lo cual se contrapone al criterio sostenido reiteradamente por la doctrina y jurisprudencia». La interpretación de la DGT, que sostiene que «los beneficios fiscales vinculados a la vivienda habitual del contribuyente están ligados a la titularidad del pleno dominio de la vivienda». De este modo, «la aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual requiere, por tanto, que dicha vivienda sea una edificación cuyo pleno dominio, aunque sea compartido, le corresponda a quien en ella resida, y que esa residencia se haya mantenido, siendo titular del pleno dominio, durante un período continuado de, al menos, tres años».

B.O.C.M 195 17/08/2023
EXTRACTO de la Orden 414/2023, por la que amplía plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden 60/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, que aprueba las convocatorias 2023 de ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a mitigaciónadaptación al cambio climático y uso eficiente recursos naturales y ayuda a inversiones en modernización explotaciones agrarias cofinanciadas por FEADER y Administración General del Estado Se acuerda ampliar en 15 días naturales el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria 2023

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